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Auditoría obligatoria: ¿está su empresa obligada a auditarse?

Umbrales y supuestos que obligan a auditar las cuentas anuales en España, explicados con claridad para directores financieros de pyme.

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Una sociedad está obligada a auditar sus cuentas anuales cuando, durante dos ejercicios consecutivos, supera al cierre dos de estos tres límites: activo superior a 4.000.000 €, cifra de negocio superior a 8.000.000 € o más de 50 trabajadores de media. También existen otros supuestos al margen del tamaño.

Los tres umbrales que determinan la obligación

La obligación de auditar se vincula a la pérdida del derecho a formular balance abreviado. Su empresa queda obligada si rebasa, durante dos años seguidos, al menos dos de estos tres parámetros:

ParámetroLímite
Total activo4.000.000 €
Importe neto de la cifra de negocios8.000.000 €
Nº medio de trabajadores50

Superar los límites un único ejercicio no genera, por sí solo, la obligación: la clave está en la consecutividad de dos cierres.

Otros supuestos que obligan a auditar

Con independencia del tamaño, suele existir obligación cuando la empresa:

  • Recibe subvenciones o ayudas públicas por más de 600.000 €.
  • Realiza obras, servicios o suministros al sector público por más de 600.000 € cuando representen más del 50 % de su cifra de negocio.
  • Lo solicitan socios que representen al menos el 5 % del capital ante el registrador mercantil, dentro de los tres meses siguientes al cierre.
  • Lo imponen sus estatutos o un contrato de financiación.

Qué pasa si no se audita estando obligado

El Registro Mercantil no admite el depósito de cuentas sin el informe de auditoría obligatorio, lo que provoca el cierre registral de la hoja de la sociedad. Además, expone a los administradores a responsabilidad y dificulta la financiación y la contratación pública.

Conclusión

Si no tiene la certeza de si su sociedad está obligada a auditarse, conviene verificarlo con antelación: el auditor debe nombrarse antes del cierre del ejercicio. En Ruiz & Marín lo comprobamos sin compromiso. Puede escribirnos desde la página de contacto o consultar el detalle del servicio de auditoría de cuentas anuales.

Hablemos

¿Necesita auditar sus cuentas o justificar una subvención?

Cuéntenos su caso sin compromiso. Le indicaremos si el trabajo es obligatorio, qué alcance tiene y qué documentación necesitará, con un presupuesto cerrado.

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